Los créditos a corto plazo podrán tener tasas más caras en el mes de agosto, debido a que aumentó el límite que las entidades pueden cobrar. Se elevó para los créditos a 90 y a 180 días de plazo, según el informe de tasas usurarias de la Superintendencia de Bancos. La tasa de interés de los créditos hasta 90 días de plazo tendrá un tope de 46,7% el próximo mes, frente al límite vigente de 45,96%. Mientras que los créditos a 180 días tendrán un tope de 34,03%, frente al límite vigente de 32,73%. Si supera este nivel serán considerados tasas usurarias.
El límite de tasas usurarias para el mes de agosto para los créditos a un año de plazo es de 35,64%, según el boletín de tasas. Con respecto a la tasa máxima vigente en este mes de julio, el tope para el próximo mes es menor, teniendo en cuenta que el límite actual es de 37,22% en este plazo. El tope para los créditos mayores a un año que estará vigente el próximo mes es de 35,66%, levemente superior al actual de 35,29%.
Si bien los límites de las tasas de interés son elevados, la alta liquidez y la competencia existente para colocar los créditos, las tasas que se pagan por los créditos son bastante atractivas. Se registran tasas de interés de entre 7% y 8% anual en varias entidades para los créditos de corto plazo, especialmente en el sector productivo.
Para acceder a las tasas de interés más atractivas uno de los requisitos indispensables es tener buenos antecedentes de pago. A medida que el prestatario contrata créditos mejora su calificación y va obteniendo préstamos a tasas de interés cada vez mejores.
Asimismo, existen empréstitos a largo plazo con tasas de interés atractivas para el financiamiento de la compra de vivienda. A este servicio financiero se puede acceder en todas las entidades que son instituciones financieras intermediarias (Ifis) de la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD). Los intereses para este segmento varían de entre 9% al 13% dependiendo del ingreso de los interesados y el número de créditos solicitados para el mismo fin.
La publicación de los límites de las tasas de interés se realiza de conformidad con la Ley 2.339, a fin de que las personas físicas o jurídicas que actúan en el mercado financiero y de crédito, ya sea con recursos financieros propios o del público, no incurran en la usura y para los clientes puedan defenderse |