La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda recuerda que emitió la Resolución General N° 28 de fecha 6 de mayo de 2010, en la cual se establecen los requisitos necesarios y las orientaciones a los contribuyentes para su inscripción en el Registro de Productores, Comercializadores e Importadores de prendas de vestir. Los contribuyentes alcanzados por esta normativa deberán registrarse cada año. La inscripción se realiza únicamente a través de la página WEB de la SET y para ello el contribuyente debe contar con la clave de acceso al Sistema Marangatu.
Para poder inscribirse, los contribuyentes deberán cumplir los siguientes requisitos: el identificador RUC debe encontrase en estado activo; estar registrado como “importador” ante el RUC; y deben estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluyendo la presentación de declaraciones juradas de liquidación de impuestos y las informativas.
Una vez realizado el proceso de inscripción, el Sistema Informático de la SET emitirá una constancia de inscripción al registro de Productores, Comercializadores e Importadores de Bienes, en el cual se indicarán -entre otros- los datos relacionados al contribuyente inscripto y el plazo de validez.
La inscripción al registro tendrá un plazo de validez hasta el 31 de diciembre de cada año. Cumplido este período, el contribuyente deberá efectuar el mismo proceso de inscripción.
Los contribuyentes y/o interesados podrán consultar la validez de la Constancia de Inscripción y el plazo de vigencia del mismo por los medios que para ese efecto disponga la Administración Tributaria. La Dirección General de Recaudación será la repartición encargada de la gestión del registro y la correspondiente inscripción de los contribuyentes
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