El titular de la Comisión Nacional de Valores (CNV), Jorge Schreiner, visitará esta semana a miembros de la Comisión de Legislación del Senado para apurar la aprobación de un proyecto de modificación de la Ley 1.056/97 sobre calificadoras de riesgo.
Con la modificación de esa legislación, la función que viene cumpliendo el Banco Central del Paraguay (BCP), en el futuro, estaría a cargo de calificadoras privadas y abarcaría básicamente a entidades del sistema financiero, también a empresas que emiten capital accionario o que estén captando algún tipo de depósitos u otorgando créditos.
Según Schreiner, el aporte de las calificadoras de riesgo será importante porque el público que quiera invertir en la Bolsa de Valores podrá requerir una opinión técnica sobre una determinada empresa emisora de capital antes de tomar una decisión.
A finales del año pasado, Schreiner mantuvo una reunión con el presidente de la Comisión de Legislación del Congreso, Marcelo Duarte, quien muestra buena predisposición para un dictamen favorable.
En una posición contraria a la del titular de la CNV, el Dr. Emilio Careaga, economista paraguayo radicado en EE.UU., opina que si el proyecto de ley sobre calificadoras de riesgo en su forma actual es aprobado por el Congreso, los depósitos del público en los bancos y financieras quedarán desprotegidos. Los clientes de bancos y financieras y otras entidades quedarán sumidos en la oscuridad, ya que este proyecto deroga el artículo 106 de la Ley 861/96 General de Bancos, Financieras y otras entidades de crédito, que obliga a la Superintendencia de Bancos y a la de Seguros del BCP a calificar a las instituciones que supervisa y a publicar cada dos meses la calificación otorgada a cada institución, asegura Careaga.
El plan que actualmente está siendo estudiado por la Comisión Legislativa, de ser aprobado, liberaría a las Superintendencias del BCP de la obligación de calificar a los bancos, financieras y otras entidades de créditos y a las compañías de seguro, así como de publicar las calificaciones, y trasladaría esa tarea a las calificadoras de riesgos, compañías del sector privado, cuya función principal es la de generar utilidades y no la de velar por el bien público, explicó el profesional compatriota.
Para Careaga, es absolutamente importante que el artículo 23 del proyecto de Ley de Calificadoras de Riesgos sea eliminado o sustancialmente modificado en beneficio del público. |