A partir de ayer entró en vigencia la Resolución General Nº 36 que establece, entre otras cosas, 500.000 guaraníes de multa por infracción cometida por los contribuyentes.
Todas aquellas personas, físicas y jurídicas, que tienen comprobantes con timbrados vencidos y no han sido dados de baja, para regularizar su situación fiscal tendrán que abonar la citada suma.
Hasta el 31 de diciembre el monto de la multa era 50.000 guaraníes, lo que motivó a mucha gente realizar los trámites en el último momento.
Numerosas personas, entre el lunes 29 y miércoles 31, acudieron a la Dirección General de Recaudación para realizar la gestión antes del incremento de la multa.
La resolución de Tributación establece que la multa se aplica en los siguientes casos: por la presentación fuera de los plazos de la comunicación de baja de timbrados, comunicación de numeración utilizada por autoimpresores y los, errores en la presentación de ambas comunicaciones.
El timbrado es una clave numérica que otorga Tributación a los contribuyentes (personas físicas o jurídicas) para la impresión y expedición de documentos tributarios, tales como facturas, tickets, entre otros.
El uso de esta clave en los documentos es obligatorio para poder operar legalmente y tienen un plazo de vigencia, de un año máximo. En tal sentido, Tributación indica que la no comunicación de baja de documentos en la forma y dentro de los plazos establecidos hará al contribuyente responsable de la circulación de documentos no válidos.
Hasta noviembre del año pasado, la administración fiscal tenía registrados más de 56.000 contribuyentes con timbrados no vigentes.
Recaudación
Por otro lado, el ministro de Hacienda, Dionisio Borda, anunció que los últimos datos indican que la recaudación impositiva del mes de diciembre pasado fue de 11,3% más que la registrada en el 2007.
Sostuvo que esto se da a pesar de la retracción económica, que empezó a sentirse en el país. |