La Subsecretaría de Tributación del Ministerio de Hacienda hasta el pasado mes concedió un total de 24.348 autorizaciones para el timbrado de documentos.
Un informe de la entidad señala que se está aprobando un promedio de 840 solicitudes por día, a fin de que los contribuyentes puedan imprimir sus comprobantes y operar legalmente en el mercado.
El timbrado es una clave numérica que da Tributación a los contribuyentes (personas físicas o jurídicas) para la impresión y expedición de documentos tributarios: comprobantes de ventas, documentos complementarios de los comprobantes de venta, nota de remisión y comprobantes de retención.
La utilización del timbrado es obligatoria y tiene fecha de vencimiento, por lo que los contribuyentes en el momento de expirar el plazo deben solicitar de nuevo al fisco la autorización para imprimir otra partida de boletas.
Podrán obtener timbrado por 12 meses todos los contribuyentes incluidos en la lista blanca y solo por 3 meses, aquellos que registran algún tipo de incumplimiento. No podrán obtener la autorización los que tienen el RUC bloqueado, suspendido o cancelado.
Las solicitudes de timbrado de documentos tributarios se gestionan directamente en las imprentas habilitadas por el fisco, unas 586 en todo el país, y aquellos que tienen clave de acceso para operar por Internet pueden hacerlo directamente por el sistema Marangatú. |