El Paraguay tiene uno de los niveles latinoamericanos más elevados de protección estatal de ahorros bancarios del público, según datos suministrados ayer por el Banco Central del Paraguay (BCP). El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) paraguayo garantiza ahorros –en caso de caída de bancos– hasta 22 mil dólares por ahorrista, lo que lo ubica en tercer lugar en el ranking de Latinoamérica.
La mejor cobertura la tiene México, con el equivalente a 33.000 dólares per cápita, seguido de Perú con 23.600 dólares.
En el Mercosur, Uruguay tiene una cobertura de 5 mil dólares por cabeza, Brasil 7.500 dólares per cápita y Argentina 10.207 dólares por ahorrista.
De esta manera, Paraguay se ubica en la mejor posición en la región, al contar con una cobertura de 22.000 dólares por cada ahorrista.
Al cierre de este primer trimestre, el FGD paraguayo cuenta con recursos que superan los 45 millones de dólares, suma a la que debe agregarse el aporte del Estado por un monto equivalente a 10 millones de dólares realizado el año pasado, con lo cual, se llega a 55 millones de dólares.
En la ley que aprueba el presupuesto vigente para el ejercicio fiscal 2008 está previsto el aporte por un monto similar, que de cumplirse, estaría llegando al 40% del aporte estatal establecido por Ley.
Los recursos financieros del FGD sirven para garantizar los depósitos en entidades financieras privadas del sistema financiero nacional, Bancos, Financieras y Sociedades de Ahorro y Crédito, y se aplica por persona física o jurídica, en cada entidad financiera, hasta un monto equivalente a 75 salarios mínimos, o sea el equivalente 100.633.125 guaraníes, independientemente de la moneda y del plazo de estos depósitos.
Dichas entidades financieras aportan trimestralmente recursos financieros al Fondo para proteger a sus depositantes, ya que a diferencia de años anteriores, desde el 2004, funciona el Sistema de Garantía de Depósitos que se fondea, exantes, que significa, con anterioridad a que ocurra un quebranto financiero.
El FGD fue creado por la Ley N° 2.334/03 del 12 de diciembre del 2003. Es un régimen explícito, limitado, obligatorio y oneroso, constituido con aportes del sector financiero privado y el Estado, para proteger parcialmente el ahorro del público, en las entidades financieras privadas autorizadas a operar por el Banco Central del Paraguay (BCP).
El FGD es administrado por el BCP, pero no forma parte del patrimonio del mismo. Sus recursos son colocados en el exterior en condiciones similares a las Reservas Internacionales, generando rendimiento al igual que las Reservas Internacionales. |