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07/jul/2011
Legar en vida es más conveniente
Fuente: 5dias
 
Pensar en el legado de los bienes familiares y la herencia no siempre es cómodo, pero puede ahorrarle dinero y muchos inconvenientes a la familia. Legar el fruto del trabajo de una generación a otra no tiene porque ser traumático si se planifica y se toman las decisiones correctas.

Al no tomar ninguna decisión sobre la administración de los bienes hereditarios, la familia debe recurrir a juicios sucesorios, lo que implica, un proceso incómodo y además pagos de tasas judiciales y regulación de honorarios que pueden sumar hasta el 20% del total de los bienes familiares en cuestión.

LAS OPCIONES

Existen varias opciones para organizar el futuro de los bienes y la administración, según la necesidad y preferencia de cada familia. Una de las opciones más utilizadas es la entrega de bienes bajo el concepto de “Anticipo de herencia” que permite transferir los bienes a los hijos, respetando siempre el porcentaje y derechos establecidos por ley, con un menor costo.

El anticipo de herencia permite por ejemplo que un padre transfiera un inmueble a su hijo, abonando impuestos bajo el concepto de IVA que en el segmento inmobiliario equivale al 1,5%, explica la economista y especialista en el segmento tributario, Nora Ruotti.

USUFRUCTO

Para organizar la administración y legado de bienes también se puede recurrir a la figura de “Reserva del derecho de usufructo”, bajo esta modalidad el padre puede transferir los bienes o inmuebles a los hijos con la misma tasa tributaria del 1,5%, manteniendo el derecho de utilización y explotación de los bienes de por vida.

Los derechos de usufructos permiten por ejemplo que las personas jubiladas que obtienen ingresos por la renta de inmuebles puedan seguir recibiéndolos todo el tiempo que lo deseen y luego cederlos a quienes designaron como futuros dueños, explica Ruotti.

SOCIEDADES FAMILIARES

También las familias pueden optar por formar una sociedad en la cual los miembros son los socios y la propiedad se divide en acciones, esta figura puede ser útil sobre todo para las empresas familiares y se pueden incluir cláusulas que establezcan las condiciones para la venta y transferencias de los títulos de propiedad.

Ruotti señala que la elección de la figura debe ser estudiada según la conveniencia de la familia, ya que si la familia posee inmuebles que son rentados, estos pagan menor cantidad de impuestos e la propiedad individual, con una tasa del 4,5% por renta presunta. Mientras que como sociedad se pagarían tributos por renta real que suman 14%.

EL ASESORAMIENTO

Para tomar una buena decisión y planificar una transición armónica de los bienes es ideal recurrir a un asesoramiento civil, jurídico y tributario de modo a mirar todos los aspectos correspondientes para obtener las mayores ventajas.

LA FAMILIA PRIMERO

Si bien los beneficios económicos de planificar el legado de los bienes son varios, uno de los motivos más importantes es preservar intactas las relaciones familiares. Los especialistas recomiendan esta práctica como saludable, ya que los procesos de sucesión y herencia no planificada pueden significar rupturas en las relaciones familiares y en el caso de las empresas familiares tener un traspaso organizado no sólo puede ser beneficioso, sino que puede significar la subsistencia de la misma.

LA LEY PROTEGE A LOS HEREDEROS

El Código Civil establece la correspondencia de la herencia a la descendencia familiar. Si la pareja no realizó separación de bienes el 50% corresponde a la esposa y el 50% corresponde a los hijos en partes iguales, si existe separación de bienes por lo menos el 80% de los bienes se debe dividir entre los hijos.

PUNTO DE VISTA

El asesoramiento para planificar los procesos de transferencia y administración de la herencia son muy importantes,y el asesoramiento puede ser clave. A parte de poder ahorrarse costos, personalmente planificar el futuro preserva las relaciones familiares y permite que la familia no se distancie por bienes.

1,5% es el porcentaje del IVA por venta de inmuebles.

20% es el tope de las regulaciones de honorarios en sucesiones.
 
 
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