| 18/jun/2011 |
| Convocan a accionistas de Paraguay Express |
| Fuente: ABC Color |
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Según establece el artículo 72 de la Ley 2794, de entidades cambiarias o casas de cambio, el plazo de la intervención puede durar entre 30 y 60 días prorrogables por una sola vez, según la causa de la intervención. Dicha normativa establece que en la intervención tienen que comprometer los aportes dentro del plazo de la ley, y que la falta de aporte efectivo importa el retiro de licencia para operar. Es decir que para que las entidades afectadas puedan recuperar su dinero, los accionistas de la casa de cambio tienen que reponer ese faltante, como si la causa de la intervención hubiera sido “un déficit de capital”, mediante asamblea. Recordemos que el Banco Central dispuso la intervención de Paraguay Express el 27 de mayo último a partir de las denuncias de dos intermediarias, las que habían recibido en pago por operaciones de compra y venta de divisas cheques sin suficiente respaldo.
Así la Superintendencia de Bancos (SIB) confirmó las operaciones en descubierto de Paraguay Express, que afectaron a Bríos SA, por US$ 105.000 y a Finexpar, por US$ 200.000. Ambas comunicaron el hecho solo al BCP y no a la fiscalía. Finexpar había aclarado que cuenta con garantía real por G. 900 millones, que cubre el monto de la operación.
Más afectados
De acuerdo con las investigaciones que lleva a la par la fiscalía, las operaciones en descubierto de Paraguay Express también afectaron a empresas no financieras y particulares, por lo que el monto defraudado ya rondaría los 2 millones de dólares. En tanto que los directivos Luis Regalado Ayala Sánchez (presidente), Alfredo Fretes Gill y Eustacio Sosa Lezcano, Teresa Montiel Larroza (directora suplente) y Oscar González (gerente), ya fueron imputados por el fiscal Miguel Vera. |
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